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Mostrando las entradas de septiembre, 2018

Derecho Laboral

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DERECHO LABORAL  4.RIESGOS DE TRABAJO 4.1 DEFINICIÓN DE RIESGOS , ENFERMEDAD,ACCIDENTES DEFINICIÓN  DE RIESGOS  Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.El riesgo laboral se denomina grave o inminente cuando la posibilidad de que se materialice en una accidente de trabajo es alta y las consecuencias presumible-mente severas o importantes.   ACCIDENTES LABORALES Un accidente de trabajo puede no haber tenido consecuencia alguna, ya sea por la intervención del azar o por las protecciones preventivas con que cuente el trabajador, aunque el accidente, también llamado incidente o accidente blanco en estos casos, puede haber sido igualmente grave en atención a las consecuencias que podría haber tenido de no haber mediado la suerte. Puede suceder que se trate de un accidente con daños, así llamado porque no ha dado lugar a lesiones en el trabajador, pero sí ha producido daños materiales como a...

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DERECHO LABORAL 2. RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 2.1 CONTRATO El contrato laboral es el acuerdo entre trabajador y empleador, por el cual, el primero presta servicios profesionales bajo dependencia y subordinación por una remuneración determinada. Asimismo, este documento debe quedar firmado por ambas partes a más tardar dentro de los primeros quince días de incorporado el trabajador. Sin embargo, muchas veces algunas empresas dejan transcurrir un mes o dos sin firmar el contrato, lo cual puede ser denunciado ante el ministerio de trabajo, o las entidades correspondientes en cada país. imagen 2.1.1 ejemplo de contrato individual de trabajo 2.2. SINDICATO El concepto de sindicato permite identificar a una agrupación de gente trabajadora que se desarrolla para defender los intereses financieros, profesionales y sociales vinculados a las tareas que llevan a cabo quienes la componen. Se trata de organizaciones  de espíritu democrático que se ded...